jueves, 15 de diciembre de 2011

Diputados consiguió la aprobación en general del proyecto sobre Papel Prensa

Con 134 votos a favor, 92 en contra y 13 abstenciones, el pleno de la Cámara baja aprobó el dictamen del oficialismo que declara de Interés Público la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa y papel para diarios. Bloques opositores afirman que el proyecto es “una restricción a la libertad de expresión y a la importación de papel” y una “persecución” a la oposición por parte del Gobierno. El cuerpo se aboca ahora al tratamiento en particular
El Frente para la Victoria volvió a hacer lujo de su mayoría en la Cámara baja y giró al Senado el proyecto sobre Papel Prensa. Luego de casi siete horas de tratamiento, el pleno del cuerpo aprobó el dictamen del oficialismo con 134 votos a favor, 92 en contra y 13 abstenciones en el marco de la sesión iniciada este miércoles con el debate del Presupuesto 2012.
Los votos afirmativos correspondieron al Frente para la Victoria, Nuevo Encuentro, Frente Cívico por Santiago, y al Movimiento Popular Neuquino. Al igual que sucedió con la ley de leyes, la oposición no pudo avanzar con sus propuestas: en esta oportunidad los dictámenes de minoría de la Unión Cívica Radical, Proyecto Sur, Frente Peronista y la Coalición Cívica-ARI no pudieron frente a un oficialismo que vuelve a dominar el recinto. Junto al Pro y el FAP, estos bloques votaron en contra del dictamen del oficialismo –salvo el Frente Peronista, que se abstuvo, al igual que Proyecto Sur-.
Desde el oficialismo defendieron las iniciativas argumentando que se trata de un “avance sobre la libertad de imprenta” para todos los medios, garantizando el acceso igualitario al papel. Además, consideraron que el proyecto va en línea con el espíritu de la Ley de Medios.
En cambio, desde la oposición argumentaron que el proyecto va “en contra” de lo que dicta la Constitución Nacional en materia de legislar sobre la libertad de expresión, además de criticar “la restricción a las importaciones”.

La iniciativa del Ejecutivo sobre Papel Prensa
El dictamen declara de Interés Público la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa y papel para diarios, y para esto establece un marco regulatorio. Con este fin, se busca crear dentro del Congreso una Comisión Bicameral permanente de Seguimiento de la Fabricación, Comercialización y Distribución de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios.
La aplicación estará a cargo del Ministerio de Economía, que entre otras cosas deberá “garantizar la igualdad de oportunidades y el acceso sin discriminaciones al abastecimiento de papel”, todo ello “manteniendo los niveles de calidad y cantidad de producción”.
Asimismo, se establece un régimen de ventas y de inversiones para los fabricantes, distribuidores y comercializadores de papel para diarios. Como cláusulas transitorias, se establece que Papel Prensa “deberá operar como mínimo a pleno de su capacidad operativa o de la demanda interna de papel” –cuando esta sea menor a la capacidad operativa- e invertir cada tres años con el fin de “satisfacer la totalidad de la demanda interna de papel para diarios”.
En este sentido, el dictamen reza que “cuando los fondos necesarios para estas inversiones sean provistos en forma más que proporcional por el Estado Nacional respecto de otros socios, los derechos políticos adicionales emergentes de dichos aportes de capital serán ejercidos por la Comisión Federal Asesora. Sin perjuicio de lo anterior, los derechos patrimoniales emergentes de los citados aportes forman parte de la participación accionaria del estado Nacional en Papel Prensa S.A., que se ve acrecentada eventualmente mediante este mecanismo”.

Puntos salientes del proyecto oficial:
  • Se declara de interés público la fabricación, la comercialización y distribución de pasta celulosa y de papel para diarios.
  • Se crea la Comisión Bicameral de Seguimiento de la Fabricación, Comercialización y Distribución de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios, que tendrá el carácter de comisión permanente. * El marco regulaíono participativo tiene como objetivo esencial asegurar para la industria nacional la fabricación, comercialización y distribución regular y confiable de pasta celulosa para papel de diario y de papel para diarios, declarada de interés público.
  • Será Autoridad de Aplicación el nministerio de Economía cuyas funcionesí serán las de controlar el cumplimiento del presente marco regulatorio, dictar las normas aclaratorias y complementarias, aprobar los planes de acción, e intervenir en todos los actos previstos en la normativa aplicable.
  • La Autoridad de Aplicación deberá incentivar la eficiencia del sector, garantizar la producción en la totalidad de las etapas, mejorar la operación de la industria, garantizando la igualdad de oportunidades y el acceso sin discriminaciones al abastecimiento de papel.
  • También llevar el control de las exportaciones e importaciones de la pasta celulosa y del papel para diarios y recomendar las medidas relativas al comercio exterior para el cumplimiento del presente régimen.
  • Promover y controlar la producción y uso sustentable de pasta celulosa y de papel para diarios, establecer las normas de calidad y los requisitos y condiciones necesarios para la habilitación de las plantas de producción de pasta celulosa y de papel para diarios.
  • Administrar los subsidios que existen actualmente así como los que eventualmente se otorguen.
  • Se crea la Comisión Federal Asesora para la Promoción de la Producción y Uso Sustentable de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios, cuya función será la de asistir y asesorar a la Autoridad de Aplicación.
  • Dicha Comisión estará integrada por un representante de los diarios de cada una de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires que no participen en forma directa o indirecta en ía producción de papel para diarios o de alguno de sus insumos estratégicos, más dos representantes de organizaciones de usuarios y consumidores y tres por los trabajadores.
  • La Comisión analizará la situación y la evolución del mercado inter y local de papel para diarios y las condiciones comerciales y de acceso del insumo en el mercado local; controlará y realizará el seguimiento de aplicación de la cláusula de acceso y precio igualitario del citado insumo.
  • También será la encargada de analizar y realizar propuestas respecto de los planes de inversión de la firma Papel Prensa S. A.
  • Los fabricantes, distribuidores y comercializadores de pasta celulosa y de papel para diarios deberán publicar para conocimiento de las empresas compradoras y de la Comisión Bicameral el stock total y disponible, en forma diaria; la capacidades producción máxima y la producción estimada para los próximos tres (3) meses, de manera trimestral y el precio único pago contado de venta de papel para diarios a la salida de planta.
  • Este precio será el mismo para toda operación que involucre la adquisición de mas de una tonelada de dicho producto, en condiciones de entrega inmediata. En ningún caso, se efectuaran contrataciones que involucren un precio inferior al precio único de pago contado, sin embargo se permitirá establecer precios superiores al precio único de pago contado, cuando se otorguenn plazos de pago.
  • Se deberán atender, sin discriminación de ningún tipo, todas aquellas solicitudes de abastecimiento para las que exista stock o capacidad de producción no comprometida.
  • Los fabricantes de pasta celulosa y de papel para diarios deberán comprometer una proyección de capacidad a tres años, en función de los programas de inversión que van a llevar adelante.
  • La Comisión Federal Asesora estimará, trimestralmente, las necesidades de importación de pasta celulosa y de papel para diarios, a fin de asegurar el abastecimiento pleno del mercado local.
  • El Régimen Sancionatorio para quienes incumplen las normas prevé apercibimientos, multas, inhabilitciones, suspensiones, reparación del daño causado, clausuras y decomisos.
  • Se crea un Fondo Fiduciario para Fomento de las Inversiones en bienes de capital de las pequeñas y medianas empresas que desarrollen actividades relacionadas.
  • Papel Prensa SA. deberá operar como mínimo a pleno de su capacidad operativa o de la demanda interna de papel (cuando esta sea menor a la capacidad operativa) y presentar y ejecutar cada tres años un plan de inversiones tendiente a satisfacer la totalidad de la demanda interna de papel para diarios.
  • Cuando los fondos necesarios para las inversiones previstas en el artículo anterior sean provistos en forma más que proporcional por el Estado Nacional respecto de otros socios, los derechos políticos adicionales emergentes de dichos aportes de capital serán ejercidos por la Comisión Federal Asesora.
  • Sin perjuicio de lo anterior, los derechos patrimoniales emergentes de los citados aportes forman parte de la participación accionaria del Estado Nacional en Papel Prensa SA, que se ve acrecentada eventualmente mediante este mecanismo.
Fuente: Parlamentario.com y U24

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