jueves, 30 de octubre de 2014

El relato dice “La nueva Ley de Telecomunicaciones no modifica la Ley de Medios" #Falso!

“Lo que hace el proyecto es exceptuar a las TICs de la prohibición de prestar servicios de comunicación audiovisual, para garantizar que todas las empresas puedan dar todos los servicios”, o sea la Ley lo impedía y ahora lo modifican. Esto dijo Martín Sabbatella:
“La nueva norma significa un avance importantísimo para las telecomunicaciones de nuestro país por los próximos largos años, y un paso adelante hacia la convergencia en los medios de comunicación; lo que generará mayor competencia entre las empresas y dará como resultado una mejor calidad del servicio para todo el pueblo argentino”, sostuvo esta mañana el titular de AFSCA, Martín Sabbatella, en relación al proyecto de ley, presentado ayer por el Ejecutivo nacional, que declara a las tecnologías de la información y comunicaciones (TICs) como un servicio público, esencial y estratégico.
“Con esta nueva ley se abrirán las puertas para un desarrollo más integrado y equitativo de la industria de las telecomunicaciones. Un desarrollo que pone el acento en el acceso inclusivo y democrático de los usuarios, y que también favorecerá a las pymes y las cooperativas del sector comunicacional, generando más competencia y más trabajo”, agregó.
“Es falso que la ley de Argentina Digital modifique a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. La nueva norma no solo no cambiará la ley de medios sino que además la potenciará”, afirmó Sabbatella sobre la iniciativa, que será enviada al Senado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, y detalló que “lo que hace el proyecto es exceptuar a las TICs de la prohibición de prestar servicios de comunicación audiovisual, para garantizar que todas las empresas puedan dar todos los servicios”.
“Este proyecto de ley pone a las telecomunicaciones de Argentina en absoluta sintonía con las nuevas tecnologías, como lo están haciendo muchos países en el mundo, y al mismo tiempo profundiza la democratización de las comunicaciones, al considerar el acceso a la comunicación como un derecho humano”, sostuvo Sabbatella y agregó que “eso es lo más importante de esta norma, que privilegia la posición del usuario, amplia derechos, profundiza la libertad de expresión y garantiza que el conjunto del pueblo argentino pueda acceder en igualdad de condiciones a todas las tecnologías de la información y la comunicación”.
Sabbatella se encuentra en la ciudad de Bariloche donde inaugurará la nueva Delegación AFSCA Región Río Negro II. Además, mañana el funcionario encabezará junto a la titular de INCAA, Lucrecia Cardoso, la apertura del Encuentro de Comunicación Audiovisual Patagónico, que se desarrollará durante dos jornadas en el Hotel Panamericano de esa ciudad.

¿Qué dice el proyecto?
El Artículo 9 del proyecto establece que “los licenciatarios de servicios de TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación, que son las reguladas por el proyecto y que incluyen Internet, cable y telefonía) podrán brindar servicios de comunicación audiovisual, debiendo tramitar la licencia correspondiente ante la autoridad competente”.
Ese párrafo, con el complemento de la excepción al artículo 25 de la Ley 26.522 (la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual) para los “licenciatarios de servicios públicos relacionados con el ámbito de aplicación” de la ley Argentina Digital –las telefónicas y, con la ley, los operadores de cable- es el que habilita a las empresas de telefonía a brindar servicios de televisión. Hace pocos meses, la Corte había ratificado un fallo que impedía a las telefónicas a dar servicios de video “on demand”.
El mismo artículo establece que “los licenciatarios de Servicios de Comunicación Audiovisual podrán brindar servicios de TIC”. Lo que, a su vez, habilita a las compañías de cable a meterse en el negocio de las telecomunicaciones, algo que también tenían vedado.
El proyecto también habilita –en su artículo 10- el triple play, es decir, que una misma empresa le de a un usuario los servicios de Internet, telefonía y televisión. Pero obliga a que se trate de “unidades de negocio separadas” que tengan además separada la contabilidad y que facturen de manera independiente los servicios.
Fuente: AFSCA, El Cronista

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